DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL
“El Servicio Penitenciario Provincial es la rama de la administración Pública activa, destinada a la custodia y guarda de los procesados y a la ejecución de las sanciones penales privativas de la libertad de acuerdo a las normas legales y reglamentarias vigentes” (Art. 1° Ley 3981 – Orgánica del Servicio Penitenciario Provincial)
Este organismo del Estado Provincial, constituye una fuerza de seguridad que funciona en la órbita del Ministerio de Justicia y DDHH, bajo dependencia de la Subsecretaría de Justicia, que tiene como objetivo esencial no solo la custodia de las personas privadas de su libertad por resoluciones judiciales, sino que fundamentalmente propiciar los medios necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la Ley de Ejecución Penal (N° 24.660) y los imperativos y garantías constitucionales contenidos en el art. 18 de la CN y los Tratados Internacionales, propendiendo a través del tratamiento penitenciario a la reinserción social adecuada de los infractores de la Ley.
En los últimos quince años esta Institución experimentó un notable avance que alcanzó no solo a las estructuras edilicias, fundamentalmente en las condiciones de alojamiento e infraestructura para el desarrollo de los programas destinados a los y las internos/as en todos los establecimientos que lo componen, como así también en los estándares de trato y tratamiento que reciben los mismos.
Estos objetivos se pudieron alcanzar con una fuerte inversión por parte del Gobierno provincial y por haber establecido políticas públicas en la materia que empaparon a la labor penitenciaria en sus funcionarios de una impronta signada por el respeto a los DDHH, la profesionalidad, la capacitación constante y un plan de carrera.
Durante el período se refaccionaron, ampliaron y construyeron establecimientos, adecuando los existentes a estándares vigentes en la materia, y dotando a los nuevos edificios de todas las medidas de seguridad y habitabilidad que garanticen las “buenas prácticas” con que debe ejecutarse la labor penitenciaria.
En esa lógica, en todas las incorporaciones de personal del Servicio los aspirantes debieron sortear cursos de formación de carácter eliminatorio que comprende materia tales como: Derecho Constitucional y Penal; Ley de Ejecución Penal; Practica Penitenciaria y sus normas y reglamentaciones; Psicología; Derechos Humanos, etc., que se complementa con las constantes capacitaciones que recibe la totalidad del personal en materias y tópicos de interés e incumbencias en su trabajo.
Del mismo modo, se concretaron tres (03) concursos de antecedentes y oposición, y cursos de formación y selección de Oficiales (personal superior) masculino y femenino, de carácter eliminatorio y con una currÍcula formativa específica para el desempeño de las tareas y responsabilidades de conducción a su cargo, acciones éstas que dotaron al Organismo de los cuadros de personal superior suficiente para cubrir sus necesidades operativas, y organizando la pirámide funcional de modo adecuado, recuperando el plan de carrera que se había perdido durante largos períodos.
El Servicio Penitenciario cuenta con cinco (05) Establecimientos, a saber:
Penal de Varones (Unidad N°01); Penal de Mujeres (Unidad N° 02) Colonia Penal de autodisciplina – Colonia Pinto (Unidad N°03), Complejo Penitenciario Colonia Pinto (Unidad N° 04) y el Centro de Guarda, Custodia y Tratamiento de Adolescentes infractores de la Ley.